Bancos que adelantan la pensión en abril del 2026: ¿cuándo se cobra?

Bancos que adelantan la pensión en abril del 2026

Las pensiones de abril de 2026 se cobrarán entre el miércoles 22 y el lunes 27 de ese mes, según la entidad financiera donde cada pensionista tenga domiciliado el ingreso. Este mes presenta una particularidad: el día 25 cae en sábado, lo que desplaza las fechas de pago de varios bancos respecto al calendario habitual.

La Seguridad Social tiene hasta el 4 de mayo para abonar oficialmente las prestaciones de abril, pero la práctica comercial de las entidades financieras anticipa ese ingreso con días o semanas de antelación.

Como solemos decir, el adelanto del pago de las pensiones no es uniforme ni está regulado: cada banco aplica su propia política y, en algún caso, condiciona el beneficio al cumplimiento de requisitos.

¿Cuándo paga la pensión la Seguridad Social en abril?

El sistema de pensiones contributivas en España funciona a mes vencido. Esto significa que la prestación correspondiente al mes de abril se abona, según la normativa, entre el primer y el cuarto día hábil del mes siguiente, es decir, entre el 1 y el 4 de mayo de 2026. Sin embargo, la mayoría de los bancos adelantan ese ingreso por decisión comercial propia, con el objetivo de mejorar la liquidez de sus clientes pensionistas.

Este adelanto no es una obligación legal ni responde a ninguna directriz de la Seguridad Social: es una política que cada entidad establece, modifica y comunica de forma autónoma. Por eso las fechas varían de un banco a otro y, en algunos casos, incluso de un mes a otro en función del calendario.

¿Qué bancos adelantan las pensiones en abril de 2026?

En abril de 2026, los bancos que adelantan el pago de pensiones lo harán en una horquilla que va del 22 al 27 de abril. El motivo del desplazamiento en varias entidades es que el día 25 cae en sábado. Los bancos que tienen fijado el día 25 como fecha estándar de abono reaccionan de formas distintas ante este hecho: algunos adelantan al viernes 24, otros mantienen el sábado 25 y al menos uno traslada el ingreso al lunes 27.

BancoFecha de pago en abril 2026
BankinterMiércoles 22 de abril
UnicajaMiércoles 22 de abril (a partir de las 12:00)
Banco SabadellViernes 24 de abril
imaginViernes 24 de abril
CaixaBankViernes 24 de abril (política fija: siempre el día 24)
CajamarViernes 24 de abril (día 25 o anterior hábil)
IberCajaViernes 24 de abril (día 25 o anterior hábil)
BBVASábado 25 de abril (mantiene el 25 aunque sea fin de semana)
INGSábado 25 de abril (política fija: siempre el día 25)
KutxabankSábado 25 de abril / Lunes 27 de abril (sin confirmar)
AbancaLunes 27 de abril (requiere cumplir requisitos*)

*Abanca: el adelanto está condicionado a no realizar reintegros en ventanilla de importe inferior a 1.000 euros entre los días 25 y 3 de cada mes, y a disponer de una tarjeta de débito asociada a la cuenta. Si no se cumplen estos requisitos, el pago se realiza el último día hábil del mes, en este caso el jueves 30 de abril.

Renta 2025: ¿qué pensiones quedan exentas de la declaración del IRPF?

La campaña de la Renta 2025 arrancó el miércoles 8 de abril de 2026 con la apertura de Renta Web para la presentación online, fecha que coincide con el período en que muchos pensionistas estarán pendientes del cobro de su pensión de abril.

El plazo para la presentación telefónica comienza el 6 de mayo; las citas presenciales en oficinas de la Agencia Tributaria se abren el 1 de junio. El plazo general cierra el 30 de junio de 2026, aunque los contribuyentes con resultado a ingresar y domiciliación bancaria deben presentar antes del 25 de junio. La coincidencia de fechas hace que en este mes sea frecuente la pregunta sobre si la pensión que se recibe debe declararse o no.

Algunas pensiones están completamente exentas del IRPF y no se incluyen como rendimientos del trabajo en la declaración. Quedan exentas las pensiones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, tanto de la Seguridad Social como de mutualidades o seguros privados, hasta el importe máximo reconocido por la Seguridad Social (el exceso sí tributa).

También están exentas las pensiones no contributivas de la Seguridad Social, las pensiones de orfandad y haberes pasivos a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo percibidos de regímenes públicos, la pensión a favor de familiares por incapacidad absoluta del titular, el auxilio por defunción, las prestaciones derivadas de actos de terrorismo y las pensiones de guerra.

Fuera de estas categorías, las prestaciones más habituales entre la población pensionista sí tributan como rendimientos del trabajo. Es el caso de las pensiones de jubilación contributivas, las pensiones de viudedad, las de orfandad percibidas entre los 22 y los 25 años, las pensiones por incapacidad permanente total y las pensiones en favor de familiares no incluidas en las excepciones anteriores.

Que una pensión tribute como rendimiento del trabajo no significa que el pensionista esté automáticamente obligado a presentar la declaración. Los umbrales de obligación son los siguientes: con un solo pagador, el pensionista queda exento de declarar si sus rendimientos del trabajo no superan los 22.000 euros brutos anuales.

Con dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros anuales cuando el segundo y restantes pagadores superen conjuntamente los 1.500 euros al año. Este segundo supuesto es relevante para pensionistas que, además de la pensión pública, hayan rescatado un plan de pensiones durante 2025, ya que en ese caso tienen dos pagadores.

Hay que tener en cuenta que aunque la pensión esté exenta de IRPF, si el contribuyente percibe otros ingresos como rentas de alquiler, intereses bancarios o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros, puede igualmente estar obligado a presentar la declaración.

Qué hacer si la pensión no llega el día indicado

Si el día 4 de mayo de 2026 no se ha recibido el ingreso en ninguna cuenta, el primer paso es contactar con el banco para confirmar si la Seguridad Social ha realizado la transferencia. Si la entidad confirma que no ha recibido ningún abono, el pensionista puede presentar una reclamación ante la Seguridad Social a través de su sede electrónica o en cualquier Centro de Atención e Información (CAISS).

Para elegir la cuenta donde domiciliar la pensión o comparar las condiciones que ofrecen distintos bancos a sus clientes, consulta nuestro ranking de cuentas para pensionistas con las principales opciones del mercado.

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