Así se beneficiarán los clientes de la nueva ley sobre intereses en préstamos

Una de las reglas más conocidas que uno ha de seguir para mantener saneadas sus finanzas personales es tratar de no contraer deudas, priorizando siempre pagar al contado excepto cuando un pago a plazos o préstamo es razonable en cuanto a condiciones y beneficioso por el margen de tiempo que proporcione para seguir operando con holgura.
No obstante, existe un porcentaje de la población que acaba solicitando créditos para situaciones más mundanas que, por ejemplo, pagar la entrada a un piso o financiar un emprendimiento empresarial. A todo el mundo le suena el lema de “compra ahora, paga después”, por el que se ofrecen créditos rápidos con los que comprar productos no esenciales, o incluso, en los peores casos, para apuestas o inversiones arriesgadas.
Pero, tanto si la motivación detrás de la petición de crédito está justificada o no, las plataformas digitales, nuevos bancos y otras empresas aprovechan la necesidad para hacer campañas de marketing agresivas y, además, imponer condiciones abusivas a los créditos, con unos intereses o TAE muy elevados que acaban costando muy caros.
Es en este contexto que el Gobierno ha aprobado una nueva ley que limita las condiciones de crédito o préstamos al consumo, con el fin de limitar los intereses abusivos y también aportar mayor transparencia y seguridad al sector. Los créditos al consumo dejan fuera a las hipotecas, por ejemplo, que son un préstamo con un fin claro.
Los créditos al consumo son aquellos que pueden ir dirigidos a cualquier objetivo por parte del cliente, desde pagarse unos estudios, comprar un billete de avión y hotel o crear una empresa (aunque, para este último propósito, es mucho más recomendable buscar subvenciones y ayudas tanto públicas como privadas que van destinadas en específico a los emprendedores).
¿Qué se considera “crédito abusivo”?
El Banco de España publica una referencia de tipo medio de crédito al consumo, que se puede usar para comparar y ver si la TAE (el interés anual) que ofrece una entidad es mucho más elevada que esa aproximación. Los créditos abusivos suelen encontrarse sobre todo en los microcréditos, que son concesiones de bajo importe (entre 100 o 200 euros, por ejemplo), y que se aprueban muy rápido. En casos como estos, el TAE puede incluso superar el 3000% o 5000% TAE.
Esa cifra tan elevada se justifica en que el crédito está pensado para ser devuelto pronto, antes de que se generen tantos intereses, pero el cliente contrae el riesgo igualmente.
Por ejemplo, un microcrédito medio en la actualidad es de unos 300 euros a 30 días, con una TAE del 3.417%, lo que supone unos 103 euros de coste para el cliente. Bajo la nueva ley, estos préstamos no podrán exigir todo el pago en una sola cuota, y el coste por intereses se reduciría a unos 40 euros.
Además, si se toma como ejemplo esta Sentencia del Tribunal Supremo del 2023, se considera excesivo cualquier TAE que supere en 6,3 puntos el tipo de interés de referencia publicado por el Banco de España.
La nueva ley pone coto a la TAE de forma que, para importes iguales o inferiores a 1.500 euros no sobrepase el 15%,y para superiores a 1.500 hasta 6.000, un 10%. Para superiores a 6.000 y con un plazo de vencimiento inferior o superior a ocho años, se limita al 8%.
¡Compra ahora, paga después!
La nueva ley traduce a España la última directiva europea en esta materia, que llega con motivo de un sector cada vez más poblado de agentes bancarios no tradicionales, esto es, plataformas digitales, neobancos, apps de inversión, y un largo etcétera.
Desde que entre en vigor el Real Decreto (para lo que quedan todavía meses) todas las empresas que ofrezcan estos créditos tendrán que estar reguladas, también los nuevos actores, que serán clasificados en dos categorías: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL) y los prestamistas de alto coste autorizados.
Todo crédito contraído con una entidad no regulada por el Banco de España será considerado nulo, y las empresas que se dedican a otros sectores (como concesionarios o grandes almacenes) tendrán que otorgar los préstamos sin intereses.
Mayor control en las concesiones
Asimismo, las entidades tampoco podrán repartir créditos a mansalva. Será obligatorio el estudio financiero del cliente, para asegurar su solvencia y estabilidad, evitando conceder créditos a personas con mucho riesgo por impago. Aunque, por un lado, puede argumentarse que esto puede limitar la capacidad de alguien para salir de un apuro al no recibir el crédito, también hay que entender que una conducta financiera irresponsable a menudo genera más problemas a futuro.
También se mejoran los derechos del cliente obligando a unos mínimos de transparencia: la entidad tendrá que enviar documentos con al menos 24 horas de antelación, con los que el usuario pueda comparar condiciones con otras entidades, y dichos documentos tendrán que estar redactados de forma clara y destacando los datos más importantes para que el consumidor menos experto acceda a toda la información.
El derecho de desistimiento se mantiene en 14 días, pero se alargará si la documentación entregada no cumple estos criterios.
La nueva legislación recuerda a todos que solo porque existan plataformas que ofrezcan créditos con facilidad, y aunque sean de poco dinero, adscribirse a un préstamo conlleva muchos riesgos y compromisos que hay que estudiar muy bien previamente. Asimismo, se torna imprescindible comprobar la aprobación y regulación de cada empresa por parte de entidades como el Banco de España, en un contexto digital de cientos de alternativas nuevas que no son siempre fiables.

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